Sistemas de firma aceptados
Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede
Para poder realizar los trámites deberá acreditar su identidad y firmar electrónicamente los escritos presentados.
La Ley 39/2015, en su art. 10 indica que:
Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
1. Los interesados podrán firmar a través de cualquier medio que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento.
2. En el caso de que los interesados optarán por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, se considerarán válidos a efectos de firma:
a) Sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la ‘‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’’.
b) Sistemas de sello electrónico cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico expedidos por prestador incluido en la ‘‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’’
Para comprobar la lista de confianza de prestadores de servicios electrónicos de confianza (TSL) puede acceder a la siguiente dirección: https://avancedigital.mineco.gob.es/es-es/Servicios/FirmaElectronica/Paginas/Prestadores.aspx
Asimismo, el Reglamento Europeo UE 910/2014 en sus artículos 25 y 27 respecto a las firmas electrónicas y, en sus artículos 35 y 37 respecto a los sellos electrónicos, establece que los organismos públicos deberán aceptar todos los certificados cualificados expedidos por Prestadores de Servicios de Certificación incluidos en las Lista de Servicios de Confianza Cualificados de todos los países de la Unión Europea.
Para comprobar la lista de confianza de prestadores de servicios electrónicos de confianza (TSL) de los países de la Unión Europea puede acceder a la siguiente dirección: https://ec.europa.eu/information_society/policy/esignature/trusted-list/tl-mp.xml
Más información
Para obtener información sobre qué es la firma electrónica, cómo puede obtenerse, quién puede proporcionarla, cómo y cuándo debe utilizarla acceda a la información que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) pone a su disposición a través de CERES (Certificación Española).